14 meses de libertad vigilada para un menor de edad acusado por agresión sexual a una adolescente
La Audiencia de Sevilla confirma la condena a un menor que agredió sexualmente a una adolescente en su habitación durante la madrugada
La Audiencia de Sevilla ha confirmado la sentencia impuesta a un menor de edad por un delito de agresión sexual cometido contra otra menor. La condena establece 14 meses de libertad vigilada, la prohibición de acercarse a la víctima o comunicarse con ella y la participación en talleres y cursos de reeducación, especialmente en el ámbito sexual.
La Sección Tercera de la Audiencia de Sevilla ha desestimado el recurso de apelación presentado por la defensa del acusado contra la resolución dictada inicialmente por el Juzgado de Menores número 2 de Sevilla.
Según los hechos declarados probados por el juzgado, el acusado se encontraba en el domicilio de la víctima la noche del 20 de octubre de 2024. Sobre las 00:30 horas accedió al dormitorio de la menor y, “con el fin de satisfacer su apetito sexual” se introdujo en la cama y comenzó a realizar actos de carácter sexual sin consentimiento de la víctima.
Constantes reclamos de que parase
La adolescente le pidió en varias ocasiones que parase, pero el acusado continuó y llegó a realizarle tocamientos en sus zonas íntimas. En un momento dado, la menor avisó a su hermano a través del teléfono móvil para que acudiera a la habitación. Tras la llegada del hermano, el agresor abandonó el dormitorio, aunque intentó regresar poco después cuando este se marchó.
La víctima había colocado una cama frente a la puerta para impedir el acceso del menor, pero este logró abrirla y volvió a aproximarse a ella. La adolescente trató de protegerse cubriéndose con una manta, que el acusado consiguió arrebatarle. Finalmente, la menor logró alejarlo mediante empujones, lo que provocó que el acusado desistiera y abandonara la habitación.
Desestimación del recurso y confirmación de la condena
La defensa alegó en su recurso la existencia de «contradicciones e incoherencias» en el testimonio de la víctima. Sin embargo, la Sección Tercera de la Audiencia considera que estas circunstancias no son «susceptibles de invalidar» su declaración, que además cuenta con la corroboración del relato de su hermano mayor.
Por ello, la Audiencia ha desestimado el recurso de apelación y ha confirmado la condena de 14 meses de libertad vigilada, la prohibición de aproximarse o comunicarse con la víctima y la obligación de realizar programas de reeducación.